martes, 7 de febrero de 2017

PASOS PARA DARTE DE ALTA COMO "AUTÓNOMO"

El proceso legal para darse de alta como autónomo (jurídicamente empresario individual) es sencillo y ágil. Se puede completar en un solo día, dos si tu disponibilidad es limitada. Puedes elegir hacerlo tu mismo, con lo que no tendrá coste alguno, o encargarlo a una empresa o un profesional (asesoría fiscal o gestoría).


Para ello debes acudir a dos instituciones, en este orden:


1- HACIENDA PÚBLICA.
Físicamente o telemáticamente (si tienes un sistema de firma electrónica) debes de rellenar el modelo 036 o el modelo 037 (es el modelo simplificado y el que utilizan la gran mayoría de autónomos en España, siempre que se cumplan ciertas condiciones). Ambos formularios requieren de tus datos personales, la actividad que vas a desarrollar, tu dirección fiscal y las obligaciones tributarias que se derivan. El mismo modelo utilizado deberá ser cumplimentado en caso de modificación o cese de tu actividad.


En atención a las obligaciones tributarias, deberás escoger el régimen de aplicación a efectos del pago del IRPF y del IVA:
  • Estimación directa (simplificada si no superas 600.000 euros de cifra de negocios en el año anterior). Pagarás un % de tus beneficios (ingresos menos gastos). Cuánto más elevados sean los beneficios, más alto será el % a aplicar.
  • Estimación objetiva o por módulos (que ha quedado muy reducida tanto por sectores como por facturación, tras una última reforma legislativa, al pasar a un máximo de 150.000 euros de volumen de ingresos). Pagarás -independientemente de la facturación real de la actividad- una cantidad fija de acuerdo con una serie de variables o parámetros de tu negocio, como el número de trabajadores, los metros cuadrados de tu local, etc.


Debes tener en cuenta que no podrás cambiar un régimen por otro en un periodo de 3 años. Trabajando con diferentes escenarios y su probabilidad -recomendable con la ayuda de un experto- debes decidir la opción que maximice tu resultado después de impuestos.


En la página web de Hacienda Pública tienes más información respecto todo el trámite.
Paso extra:
Si tu actividad incluye la importación o exportación de productos en países de la Unión Europea, debes inscribirte previamente en el Registro de Operadores Intracomunitarios, conocido como censo VIES, que te dará un número de operador intracomunitario. Se realiza rellenando el apartado correspondiente en el modelo 036.


2- SEGURIDAD SOCIAL


Físicamente o telemáticamente (si tienes un sistema de firma electrónica) debes de darte de alta en el RETA (Régimen Especial del Trabajador Autónomo) con el modelo TA.521/1.
Debes indicar una serie de datos, como la base de cotización obligatoria, la base de cotización opcional de accidente de trabajo (AT) y enfermedad profesional (EP) y la domiciliación bancaria. La base mínima de cotización mensual es de 954,55 euros para el año 2017, con un tipo del 29,8%, con lo que la cuota mínima mensual a ingresar a la SS es de 284,46 euros. La base máxima de cotización mensual es de 3.751,26 euros, con lo que la cuota máxima mensual a ingresar es de 1.117,88 euros.


Existen diversas bonificaciones (página 19 y 20). La más conocida y para personas de cualquier edad es la famosa tarifa plana de 50 euros, que se aplica en caso de no haber cotizado en el RETA durante los últimos 5 años y no haberse beneficiado nunca de este tipo de bonificaciones. Según la misma:
  • Los 6 primeros meses hay una reducción de la cuota del 80%: la cuota mensual a ingresar es de 50 euros en caso de la base de cotización mínima.
  • Los 6 meses siguientes hay una reducción del 50% de la cuota, con lo que la cuota mensual a ingresar en caso de base de cotización mínima es de 142,23 euros.
  • Los 3 meses siguientes hay una reducción del 30% de la cuota, con lo que la cuota mensual a ingresar en caso de base de cotización mínima es de 199,12 euros.


Se debe tener en cuenta que en caso de darte de baja del RETA en algún momento, al volver a darte de alta ya no podrás acceder a esta bonificación. Por este motivo es básica una buena planificación económica y financiera.

Para más información, consulta la página web de la Seguridad Social.

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